¿Qué hacer ante un vecino ruidoso?

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La convivencia en una comunidad de propietarios no siempre es sencilla. Da igual que vivas en una comunidad de vecinos grande o pequeña la convivencia puede generar conflictos que hay que gestionar.

Uno de los conflictos más comunes en las comunidades de vecinos es el ruido. En ocasiones resolver este problema se consigue con una simple conversación con el vecino ruidoso pero en otras el problema puede ser más difícil de solucionar.

Veamos cómo evitar este tipo de conflictos y/o resolverlos

Legislación sobre Ruidos

A nivel estatal existe desde 2003 una legislación específica para prevenir, mitigar y vigilar la contaminación acústica. Esta Ley no regula los ruidos ocasionados en comunidades de propietarios ya que el desarrollo de esta legislación compete a los Ayuntamientos a través de las Ordenanzas Municipales.

Es importante que conozcas la normativa sobre ruido de tu municipio ya que el incumplimiento de las mismas puede acarrear sanciones económicas.

Aunque cada Ayuntamiento pueda realizar su propia legislación sobre ruidos de forma general se establecen unos horarios y decibelios permitidos que puede variar según el municipio.

Horario permitido de ruido:

L-V: 8:00-21:00/22:00

S-D y Festivos: 9:30-21:00

Decibelios permitidos:

Día: 35-40

Noche: 25-30

¿Cómo actuar ante un vecino ruidoso?

Cuando te enfrentas a un problema de ruidos en tu comunidad de vecinos provocados por el desarrollo diario de la convivencia como puede ser golpes, gritos, volumen de la televisión… normalmente no exceden los niveles permitidos por la normativa municipal. Debido a esto lo primero que debes de hacer es intentar llegar a una solución amistosa con tu vecino ruidoso.

La Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 7.2 establece: «A los propietarios u ocupantes del piso no les está permitido desarrollar actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañosas para la finca» Por lo que es aconsejable consultar los Estatutos de tu comunidad de propietario para conocer las normas acordadas.

Pasos a seguir ante un vecino ruidoso

Dialoga con el vecino ruidoso

Resulta inevitable escuchar algún pequeño ruido provocado por un vecino de forma esporádica y sin mala fe por lo que antes de realizar ningún paso valora si se trata de algo esporádico o constante.

Si el ruido es molesto y constante lo más sencillo y recomendable es dialogar con el vecino ruidoso. En muchos casos el vecino no es consciente de las molestias que está ocasionando y tras el aviso el problema con el ruido desaparece.

En otras ocasiones el vecino ruidoso se niega a realizar ningún cambio y aunque su actividad no supere los niveles de decibelios permitidos, se contemplan medidas para su cese.

Queja ante el Presidente o Administrador de Fincas

Si el vecino ruidoso, tras la charla, continúa creando molestias por el ruido lo mejor es acudir al presidente y/o administrador de la comunidad para que medie ante la situación.

El Administrador de Fincas podrá trasladar una queja por escrito al vecino ruidoso para que cese con la actividad molesta.

Si en tu comunidad de vecinos utilizáis nuestra app Fincapp podrás realizar la notificación directamente desde tu móvil

Acude a la policía

Si el vecino ruidoso a pesar de haber sido notificado de forma escrita por el presidente o el administrador de fincas persiste en su actitud acude a la policía para poner los hechos en su conocimiento.

La policía acudirá a tu domicilio para comprobar y medir si se sobrepasa el nivel de decibelios o no.

Toma medidas judiciales

Si a pesar de haber seguido los pasos anteriores el vecino ruidoso continúa en su actitud el siguiente paso es interponer una demanda antes el juzgado.

Antes de llegar a este punto debes asegurarte de tener pruebas fehacientes de haber avisado al vecino de las molestias que provoca de forma constante así como de su no cese.

Si tras este paso la sentencia es favorable el vecino ruidoso estará obligado al cese de la actividad molesta. Con mucha probabilidad también tendrá que asumir las costas procesales, una indemnización por daños y perjuicios y en situaciones extremas se podrá privar del uso de la vivienda.

Si el vecino ruidoso es inquilino el propietario podrá cesar el contrato de alquiler de forma justificada.

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